Ha entrado en vigor el 18 de Agosto pasado
Uno de los aspectos importantes de esta ley es la definición de los supuestos de desamparo que permiten a la Administración pública separar a un menor de su familia.
En lo que refiere a acogimiento familiar, la ley prima el acogimiento familiar frente al residencial y ya no requiere contar con el visto bueno de la familia de origen a la hora de elegir a la de acogida, sino que será la propia Administración la que decida, lo que permitirá ahorrar tiempo. Además, gracias a una de las enmiendas introducidas, se reforzará el acogimiento familiar de los menores de seis años.
También se modifica la Ley de Protección de Familias Numerosas, para asegurar que éstas conserven el título mientras que al menos uno de los hijos cumpla los requisitos y la edad establecida (veintiún años o veintiséis años si está estudiando).